{"id":26464,"date":"2021-02-16T18:27:05","date_gmt":"2021-02-16T17:27:05","guid":{"rendered":"http:\/\/housing.urv.cat\/?post_type=blog_post&#038;p=26464"},"modified":"2021-02-16T18:27:58","modified_gmt":"2021-02-16T17:27:58","slug":"ibi-y-las-viviendas-alquiladas","status":"publish","type":"blog_post","link":"https:\/\/housing.urv.cat\/es\/blog-post\/ibi-y-las-viviendas-alquiladas\/","title":{"rendered":"IBI y las viviendas alquiladas"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Dra. Estela Rivas Nieto<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Art\u00edculo publicado en el Diari de Tarragona el 14 de febrero de 2021<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde el a\u00f1o 2020 los Ayuntamientos pueden crear una <strong>bonificaci\u00f3n en el IBI<\/strong> (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) para rebajarlo en aquellas viviendas que se encuentren alquiladas. En concreto, el art. 74.6 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (norma estatal) indica que los Ayuntamientos, mediante su ordenanza fiscal, podr\u00e1n establecer una bonificaci\u00f3n de hasta el 95% en la cuota \u00edntegra para \u201clos bienes inmuebles de uso residencial destinados a alquiler de vivienda con renta limitada por una norma jur\u00eddica.\u201d<br \/>\nSe trata de una <strong>bonificaci\u00f3n potestativa<\/strong>, es decir, voluntaria que los Ayuntamientos pueden incorporar o no. La finalidad de dicha medida es fomentar que aquellos propietarios que tengan bienes inmuebles alquilados para vivienda (uso residencial) puedan ver reducida su cuota del IBI si el alquiler que realizan es con renta limitada por una norma jur\u00eddica. En el caso concreto de Catalu\u00f1a se refiere al \u00edndice de referencia de precios de alquiler de viviendas que se aplica a los municipios que son considerados como \u00e1reas con mercado de vivienda tenso y que se puede consultar en abierto en la p\u00e1gina de la Ag\u00e8ncia de l\u2019habitatge de Catalunya. Se trata de un indicador que determina la estimaci\u00f3n del precio medio del metro cuadrado de alquiler de las viviendas en funci\u00f3n de la zona donde est\u00e9n ubicadas y sus caracter\u00edsticas (a\u00f1o de construcci\u00f3n, planta, estado de mantenimiento, ascensor, muebles, etc.).<br \/>\nSi analizamos las Ordenanzas Fiscales de los Ayuntamientos de nuestra provincia, considerados como municipios con \u00e1reas de vivienda tensa (Tarragona, Reus, Salou, Calafell, Tortosa) nos damos cuenta que ninguno tiene regulada esta bonificaci\u00f3n. El Vendrell tampoco la tiene y lo argumenta en el pre\u00e1mbulo de su ordenanza fiscal considerando que dicha bonificaci\u00f3n est\u00e1 m\u00e1s encaminada a los centros de las grandes ciudades y que es una medida poco efectiva en su municipio.<br \/>\nSin embargo, si consultamos todas <strong>ordenanzas fiscales<\/strong> de los <strong>61 municipios<\/strong> que nos marca la normativa como \u00e1reas con mercado de vivienda tenso, observamos que la regulan de dos formas:<br \/>\nPrimera. Municipios que regulan la bonificaci\u00f3n en los mismos t\u00e9rminos que la normativa estatal, es decir, para el alquiler \u201cgen\u00e9rico\u201d sin distinci\u00f3n: Castelldefels la regula al 30% y para 5 a\u00f1os consecutivos; Santa Coloma de Gramenet y Sitges al 95% y Santa Perp\u00e8tua de Mogoda al 50% (como m\u00e1ximo para 5 a\u00f1os).<br \/>\nSegunda. Municipios que indican que la bonificaci\u00f3n solamente se aplica para el alquiler social, por ejemplo, Barber\u00e0 del Vall\u00e8s al 95%. Aqu\u00ed encontramos dos situaciones:<br \/>\n&#8211; Incluyendo tambi\u00e9n las viviendas de inserci\u00f3n y viviendas de protecci\u00f3n oficial en alquiler: a t\u00edtulo de ejemplo son Castellar del Vall\u00e8s y Vilassar de Mar al 95%; Premi\u00e0 de Mar, Manlleu, Montgat, Sant Feliu de Llobregat y Vilafranca del Pened\u00e9s todas al 50%; y Sant Andreu de la Barca al 30%.<br \/>\n&#8211; Municipios que lo limitan a los bienes inscritos, gestionados o cedidos en el programa o la bolsa de mediaci\u00f3n de alquiler social (del Ayuntamiento, de la empresa municipal, del Consell Comarcal o de l\u2019Ag\u00e8ncia de l\u2019Habitatge): por ejemplo Olesa de Montserrat, Pineda de Mar, Barcelona, Sant Feliu de Gu\u00edxols, Sant Peres de Ribes y Olot (solamente lo aplican a los bienes que son propiedad de una administraci\u00f3n p\u00fablica) todas al 95%; Cerdanyola del Vall\u00e9s, Ripollet i Vilanova i la Geltr\u00fa al 80%; Granollers al 50%, con el l\u00edmite de 300 euros; Lleida al 80% y a\u00f1ade que est\u00e9n al corriente del pago de la cuotas de la comunidad de propietarios; Molins de Rei determina varios porcentajes de bonificaci\u00f3n en funci\u00f3n del plazo de tiempo que el bien est\u00e9 alquilado y el de su precio (60% al 100%) y dicho porcentaje es del 100% cuando la vivienda se cede al Ayuntamiento para vivienda social y de emergencia; Matar\u00f3 determina el porcentaje en funci\u00f3n del tiempo que el bien est\u00e1 en la bolsa (entre 25% y 70%); Palafrugrell al 50% y lo ampl\u00eda a las viviendas dotacionales que realicen alquiler de gente mayor; El Prat del Llobregat al 95% e incluso abarca la cesi\u00f3n social de viviendas con la Fundaci\u00f3n H\u00e1bitat 3; Rub\u00ed al 60% con el l\u00edmite de 250 euros; y Salt al 50% e incluso tambi\u00e9n incluye el alquiler de estudiantes universitarios o de ciclos formativos de grado superior.<br \/>\nEn resumen, de los 61 municipios que son considerados \u00e1reas con mercado de vivienda tenso, solamente 30 lo regulan ci\u00f1\u00e9ndolo m\u00e1s bien al alquiler social con distintos porcentajes de bonificaci\u00f3n. Habr\u00e1 que ver la evoluci\u00f3n para saber si es una medida positiva para mejorar el alquiler, ya que solamente lleva dos a\u00f1os en vigor.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dra. Estela Rivas Nieto Art\u00edculo publicado en el Diari de Tarragona el 14 de febrero de 2021 Desde el a\u00f1o 2020 los Ayuntamientos pueden crear una bonificaci\u00f3n en el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) para rebajarlo en aquellas viviendas que se encuentren alquiladas. 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